Facturación neta en Nigeria: qué implica el reglamento de 2026 para las instalaciones comerciales e industriales
Samih Kalakeche · 28 de septiembre de 2026 · 5 min de lectura
Este artículo es una traducción del original en inglés, que prevalecerá en caso de discrepancia.
El Reglamento de Facturación Neta 2026 (Net Billing Regulations 2026) ofrece a los usuarios comerciales e industriales conectados a la red que disponen de instalaciones solares una vía formal para exportar la energía excedentaria a su compañía distribuidora a cambio de créditos en factura. El valor de esos créditos, y las condiciones a las que están sujetos, deberían orientar el dimensionamiento y la configuración del sistema de cada emplazamiento.
Qué establece el Reglamento
La Comisión Reguladora de la Electricidad de Nigeria (Nigerian Electricity Regulatory Commission, NERC) publicó el Reglamento de Facturación Neta 2026 (Net Billing Regulations 2026, Reglamento n.º NERC-R-002-2026) y anunció su entrada en vigor el 3 de junio de 2026. El Reglamento establece un marco normalizado para conectar a una red de distribución las instalaciones renovables situadas en las dependencias del cliente y para compensar la energía exportada en la factura eléctrica del cliente. El cliente que dispone de una instalación puesta en servicio en este régimen recibe la denominación de prosumidor.
Tal como se ha publicado, el marco se aplica únicamente a la energía solar. El Reglamento indica que la eólica y la hidráulica de pequeña escala podrán incorporarse una vez que NERC publique las normas técnicas correspondientes y un anexo actualizado.
Requisitos y límites de capacidad
El Reglamento se aplica a sistemas con una potencia instalada de al menos 50 kWp y no superior a 1,5 MWp por usuario. Dentro de ese rango se aplican otros límites:
- La capacidad de exportación aprobada no puede superar el 120 % de la demanda de carga elegible (Eligible Load Demand) del cliente, definida como la mayor demanda máxima media mensual de los 12 meses anteriores a la solicitud o, cuando no se registre la demanda máxima, la carga contratada.
- La compañía distribuidora puede aprobar una capacidad mayor cuando el cliente demuestre un crecimiento de carga verificable e inminente, hasta la demanda prevista en un horizonte de 24 meses.
- El límite se aplica a la capacidad de exportación en corriente alterna según la potencia nominal de los inversores. El campo fotovoltaico en corriente continua puede ser mayor, siempre que la exportación se limite mediante ajustes certificados de los inversores o un control de exportación.
- La exportación agregada de los prosumidores en un mismo activo de red de 0,4 kV, 11 kV o 33 kV no puede superar el 30 % de la carga media de ese activo, y las conexiones se otorgan por orden de llegada, con sujeción a la viabilidad técnica.
El límite por alimentador es relevante: los emplazamientos situados en alimentadores con varios prosumidores ya existentes pueden ver limitada su exportación con independencia de su propia carga.
Cómo se valora la energía exportada
La energía importada se sigue facturando a la tarifa minorista aplicable. La energía exportada se abona a una tarifa de exportación (Export Tariff) que NERC calcula a partir del coste evitado entregado (Avoided Cost Delivered), que se construye con los componentes de coste de generación y transporte de la Orden Tarifaria Plurianual (Multi-Year Tariff Order) de la compañía distribuidora, ajustados por las pérdidas de transporte. A continuación se aplica un factor de tarifa de exportación (Export Tariff Factor): 0,55 para las exportaciones fuera del periodo punta y 0,75 para las exportaciones durante el periodo punta, que el Reglamento define como el comprendido entre las 18:00 y las 21:00. Cuando la tarifa de exportación fuera de punta calculada iguala o supera la tarifa minorista del prosumidor, se limita tomando como referencia la tarifa minorista.
El factor de punta solo es aplicable cuando el sistema incluye una batería verificada por la agencia nigeriana de servicios de gestión eléctrica (Nigerian Electricity Management Services Agency, NEMSA) con una capacidad útil de al menos dos horas de potencia nominal al 50 % de la potencia solar instalada. Los sistemas sin una batería que cumpla estos requisitos liquidan todas sus exportaciones a la tarifa fuera de punta. Lo mismo se aplica a cualquier sistema puesto en servicio de forma provisional con un contador bidireccional estándar antes de disponer de un contador con discriminación horaria; en ese caso, la compañía distribuidora debe sustituir el contador en un plazo de 12 meses.
Créditos, no efectivo
Los créditos se calculan en nairas y se aplican únicamente a la factura mensual de importación. Cuando los créditos superan la factura, el saldo se traslada al periodo siguiente, pero el Reglamento establece que no se realiza ningún pago en efectivo al prosumidor, salvo que se disponga expresamente. El crédito acumulado se compensa en la fecha de aniversario de la conexión, y la compañía distribuidora debe notificarlo por escrito con al menos 30 días de antelación antes de que caduque un saldo. Los créditos se transmiten con el inmueble al nuevo ocupante, pero se extinguen si el sistema se traslada.
NERC revisará los parámetros de liquidación al menos cada 12 meses, o antes si el coste evitado varía más de un 20 %. Los parámetros vigentes en el momento de la firma del acuerdo se mantienen fijos durante al menos 12 meses desde la conexión. A partir de entonces, el valor de las exportaciones evolucionará con las tarifas reguladas.
Procedimiento y plazos
El procedimiento se tramita a través de la compañía distribuidora, NERC y NEMSA, con plazos establecidos en días hábiles:
- Informe de viabilidad técnica de la compañía distribuidora en un plazo de 15 días desde la presentación de una solicitud completa.
- Firma del acuerdo de facturación neta (Net Billing Agreement) en un plazo de 5 días desde dicho informe, seguida del registro ante NERC, que emite un certificado en un plazo de 10 días.
- Pago del cargo de conexión en un plazo de 15 días, o de 30 días cuando sea necesario un refuerzo; obras de interconexión finalizadas en un plazo de 30 días, o de 120 días en caso de refuerzos importantes a 11 kV o 33 kV.
- Inspección de NEMSA en un plazo de 10 días desde la solicitud, y puesta en servicio por la compañía distribuidora en un plazo de 3 días desde la presentación de una solicitud completa.
Los cargos de conexión siguen una metodología aprobada por NERC y cada compañía distribuidora los publica. El solicitante asume además los costes de interconexión hasta el punto de conexión.
Implicaciones para las instalaciones comerciales e industriales
Para la mayoría de los emplazamientos, el autoconsumo seguirá teniendo más valor que la exportación, porque la energía exportada se abona a una fracción del coste evitado y no a la tarifa minorista. Conviene considerar la facturación neta como una forma de recuperar valor de los excedentes inevitables, como la generación en fines de semana o festivos, y no como un motivo para sobredimensionar. El modelo de acuerdo anexo al Reglamento establece que el prosumidor será el propietario del sistema instalado en sus dependencias, por lo que los emplazamientos que estudien un arrendamiento o un modelo de propiedad de terceros deberían asesorarse sobre cómo les afecta este requisito.
Un asesor independiente puede modelizar el autoconsumo y la exportación con arreglo a la mecánica tarifaria publicada y valorar si una configuración propuesta, incluida cualquier batería, está justificada por la carga propia del emplazamiento.
Fuentes
Nota regulatoria mensual
Un correo al mes sobre los cambios introducidos por los reguladores energéticos y los programas de financiación que afectan a los proyectos renovables en África y Oriente Medio, y lo que suponen en la práctica. Sin contenido promocional.